DECRETO 301 de 1997
por el cual se aprueba el Acuerdo número 004 del 5 de febrero de 1997 del Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 301
- Año
- 1997
- Entidad
- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978 y el artículo 34 del Decreto 2157 de 1992,
DECRETA:
Artículo 1ş. Apruébase el acuerdo número 004 del 5 de febrero de 1997, expedido por el Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC, cuyo texto es el siguiente:
ACUERDO NUMERO 004 DEL 5 DE FEBRERO DE 1997 Por el cual se establece la planta de personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC El Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 7ş y 9ş de los Decretos 2160 de 1992 y 1242 de 1993, respectivamente,
ACUERDA:
Artículo 1ş. Establécese la planta del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC con los siguientes empleos:
Nş de empleos Denominación Código Grado Planta de personal global 1 Director General de Establecimiento Público 0015 24 1 Secretario General de Establecimiento Público 0037 20 4 Subdirector General de Establecimiento Público 0040 19 3 Asesor 1020 10 2 Asesor 1020 08 2 Asesor 1020 06 1 Subdirector 2030 12 6 Director Regional 2035 25 6 Jefe de División 2040 24 1 Comandante Superior de Prisiones 2041 09 5 Jefe de Oficina 2045 25 22 Director de Establecimiento Carcelario 2220 12 27 Director de Establecimiento Carcelario 2220 10 40 Director de Establecimiento Carcelario 2220 08 80 Director de Establecimiento Carcelario 2220 06 59 Subdirector de Establecimiento Carcelario 2225 06 5 Profesional Especializado 3010 18 12 Profesional Especializado 3010 16 48 Profesional Especializado 3010 14 13 Profesional Especializado ˝T 3010 15 120 Profesional Universitario 3020 12 62 Profesional Universitario 3020 10 55 Profesional Universitario 3020 08 35 Capellán ˝T 3060 08 246 Médico u Odontólogo ˝T 3085 15 22 Médico u Odontólogo Especialista ˝T 3120 18 14 Analista de Sistemas 4005 15 9 Técnico en Presupuesto 4035 15 2 Técnico Administrativo 4065 16 19 Técnico Administrativo 4065 13 15 Técnico Administrativo 4065 11 26 Técnico Administrativo 4065 09 80 Instructor 4085 10 3 Dibujante 4095 12 56 Operador de Equipo de Sistemas 4100 10 65 Dactiloscopista 4125 09 119 Técnico Operativo 4080 13 5 Mayor de Prisiones 5000 16 2 Secretario Ejecutivo 5040 24 1 Secretario Ejecutivo 5040 22 4 Secretario Ejecutivo 5040 20 14 Secretario Ejecutivo 5040 17 7 Secretario Ejecutivo 5040 16 32 Secretario Ejecutivo 5040 13 85 Pagador 5045 20 40 Pagador 5045 13 41 Almacenista 5080 18 29 Capitán de Prisiones 5110 13 189 Auxiliar Administrativo 5120 13 241 Auxiliar Administrativo 5120 11 75 Teniente de Prisiones 5145 11 118 Inspector Jefe 5165 09 491 Inspector 5170 08 334 Distinguido 5255 07 4954 Dragoneante 5260 06 33 Conductor Mecánico 5310 13 43 Auxiliar de Servicios Generales 5335 11 126 Enfermero Auxiliar 5345 14 Artículo 2ş. El Director General, mediante resolución, distribuirá los empleos de la planta global y ubicará al personal en las diferentes dependencias del Instituto, los establecimientos Carcelarios, de acuerdo con la estructura interna, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
Artículo 3ş. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del Decreto del Gobierno Nacional que lo aprueba y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Acuerdos números 002 del 25 de mayo de 1993, 003 del 17 de diciembre de 1993, 009 del 31 de agosto de 1995 y el Acuerdo número 0018 del 12 de diciembre de 1996.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 5 de febrero de 1997.
El Presidente, (Fdo.) Carlos Alberto Malagón Bolańos.
El Secretario (E.), (Fdo.) Liliana Botero Ospina».
Artículo 2ş. La incorporación a la nueva planta de personal establecida en el presente Decreto se hará dentro de los quince (15) días a partir de la fecha de la publicación del presente Decreto y surtirá efectos fiscales a partir de la fecha de posesión.
Artículo 3ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos números 1130 del 16 de junio de 1993, 2662 del 29 de diciembre de 1993 y el Decreto 1589 del 20 de septiembre de 1995.
Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 1130 de 1993 Deroga DECRETO 1589 de 1995 Deroga DECRETO 2662 de 1993 Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 7 de febrero de 1997, ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Justicia y del Derecho, Carlos Eduardo Medellín Becerra.
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Eduardo Fernández Delgado.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Edgar Alfonso González Salas.
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