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DECRETO 281 de 2000

Por medio del cual se establece la Planta de Personal del Ministeriodel Interior y se dictan otras disposiciones.

Tipo
DECRETO
Número
281
Año
2000
Entidad
MINISTERIO DEL INTERIOR
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998,

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio del Interior presentó los estudios de que trata los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública con número consecutivo 001059 del 16 de febrero de 2000;

Que la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó certificado de viabilidad presupuestal con número consecutivo 473 del 16 de febrero de 2000,

DECRETA:

Artículo 1ş. Las funciones propias del Ministerio del Interior serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece:

Número de cargos Dependencia y denominación del cargo Código Grado DESPACHO MINISTRO Uno (1)

Ministro 0005 Tres (3)

Asesor 1020 16 Tres (3)

Asesor 1020 15 Uno (1)

Asesor 1020 02 Dos (2)

Profesional Especializado 3010 21 Tres (3)

Profesional Especializado 3010 18 Uno (1)

Profesional Especializado 3010 17 Uno (1)

Profesional Universitario 3020 14 Uno (1)

Técnico Administrativo 4065 18 Tres (3)

Secretario Ejecutivo 5040 24 Seis (6)

Secretario Ejecutivo 5040 23 Cinco (5)

Auxiliar Administrativo 5120 20 Dos (2)

Secretario Ejecutivo del Despacho de Ministro 5230 26 Uno (1)

Secretario Bilingüe 5235 26 Cinco (5)

Conductor Mecánico 5310 19 DESPACHO VICEMINISTRO Uno (1)

Viceministro 0020 Uno (1)

Asesor 1020 16 Diez (10)

Asesor 1020 15 Cuatro (4)

Asesor 1020 11 Dos (2)

Profesional Universitario 3020 13 Uno (1)

Profesional Universitario 3020 12 Uno (1)

Profesional Universitario 3020 10 Uno (1)

Profesional Universitario 3020 07 Uno (1)

Técnico Administrativo 4065 18 Uno (1)

Técnico Administrativo 4065 15 Uno (1)

Técnico Administrativo 4065 13 Uno (1)

Técnico Operativo 4080 10 Tres (3)

Secretario Ejecutivo 5040 24 Dos (2)

Auxiliar Administrativo 5120 20 Uno (1)

Auxiliar Administrativo 5120 18 Dos (2)

Secretario Ejecutivo del Despacho de Viceministro 5240 25 Dos (2)

Conductor Mecánico 5310 19 PLANTA GLOBALIZADA Uno (1)

Secretario General 0035 23 Diez (10)

Director Técnico 0100 21 Uno (1)

Director Administrativo y Financiero 0100 21 Dos (2)

Jefe de Oficina 0137 16 Seis (6)

Subdirector Técnico 0150 16 Uno (1)

Subdirector Financiero 0150 16 Uno (1)

Subdirector Administrativo 0150 16 Veinte (20)

Asesor 1020 08 Uno (1)

Jefe de Oficina Asesora de Planeación 1045 10 Uno (1)

Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones 1045 10 Tres (3)

Profesional Especializado 3010 21 Quince (15)

Profesional Especializado 3010 19 Ocho (8)

Profesional Especializado 3010 18 Veinticinco (25)

Profesional Especializado 3010 17 Once (11)

Profesional Especializado 3010 16 Veintitrés (23)

Profesional Universitario 3020 14 Treinta (30)

Profesional Universitario 3020 13 Ocho (8)

Profesional Universitario 3020 11 Cuatro (4)

Profesional Universitario 3020 09 Siete (7)

Profesional Universitario 3020 07 Seis (6)

Profesional Universitario 3020 06 Uno (1)

Profesional Universitario 3020 04 Diez (10)

Técnico Administrativo 4065 18 Uno (1)

Técnico Administrativo 4065 17 Dos (2)

Técnico Administrativo 4065 16 Once (11)

Técnico Administrativo 4065 15 Uno (1)

Técnico Administrativo 4065 14 Veintinueve (29)

Técnico Administrativo 4065 13 Dos (2)

Técnico Administrativo 4065 12 Seis (6)

Técnico Administrativo 4065 10 Doce (12)

Técnico Administrativo 4065 07 Tres (3)

Técnico Operativo 4080 15 Uno (1)

Técnico Operativo 4080 14 Dos (2)

Técnico Operativo 4080 13 Cuatro (4)

Técnico Operativo 4080 10 Uno (1)

Técnico Operativo 4080 07 Dos (2)

Secretario Ejecutivo 5040 24 Siete (7)

Secretario Ejecutivo 5040 23 Uno (1)

Secretario Ejecutivo 5040 22 Nueve (9)

Secretario Ejecutivo 5040 21 Dos (2)

Secretario Ejecutivo 5040 20 Dieciocho (18)

Secretario Ejecutivo 5040 19 Cuatro (4)

Secretario Ejecutivo 5040 16 Uno(1)

Auxiliar Administrativo 5120 21 Diez (10)

Auxiliar Administrativo 5120 17 Veintiséis (26)

Auxiliar Administrativo 5120 14 Uno (1)

Auxiliar Administrativo 5120 11 Cuatro (4)

Auxiliar Administrativo 5120 10 Uno (1)

Auxiliar Administrativo 5120 09 Cuatro (4)

Secretario 5140 12 Uno (1)

Secretario 5140 09 Ocho (8)

Operario Calificado 5300 17 Dos (2)

Operario Calificado 5300 15 Tres (3)

Operario Calificado 5300 10 Dieciséis (16)

Conductor Mecánico 5310 19 Dos (2)

Conductor Mecánico 5310 11 Siete (7)

Auxiliar de Servicios Generales 5335 3 Uno (1)

Auxiliar de Servicios Generales 5335 08 Uno(1)

Auxiliar de Servicios Generales 5335 07 Artículo 2ş. El Ministro del Interior, mediante resolución distribuirá los cargos de la planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, planes, programas y las necesidades del servicio. Artículo 3ş. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el artículo 1ş del presente decreto, se efectuará dentro de los 60 días siguientes a la fecha de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1173 de 1999. Dentro del mismo término el Ministerio procederá a recibir los bienes y los despachos a cargo de los funcionarios asignados a las promotorías de la Acción Comunal y a las Comisiones para los Asuntos indígenas que se suprimen en virtud del presente decreto, quienes continuarán desempeńando sus funciones hasta tanto se reciban los mismos. Artículo 4ş. Los empleados de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 1ş del presente decreto, tendrán derecho a optar por ser indemnizados o por ser incorporados en un empleo equivalente, conforme a lo consagrado en la Ley 443 de 1998 y los Decretos reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto-ley 1568 de 1998. Artículo 5ş. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo establecido en el artículo 2ş del Decreto 1572 de 1998, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto 2504 de 1998. Artículo 6ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 432 del 24 de febrero de 1997, y 2620 del 29 de octubre de 1997 y demás normas que le sean contrarias.

Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 432 de 1997 Deroga DECRETO 2620 de 1997 Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 22 de febrero de 2000.

ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro del Interior, Néstor Humberto Martínez Neira.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo Salazar.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Mauricio Zuluaga Ruiz.

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