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DECRETO 77 de 1991

por el cual se dicta una disposición sobre el auxilio patronal de transporte.

Tipo
DECRETO
Número
77
Año
1991
Entidad
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El presidente de la República, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley 15 de 1959,

DECRETA:

Artículo 1.

ş A partir del 2 de enero de 1991 el auxilio de transporte a que tienen derecho los empleados oficiales y los trabajadores particulares que devenguen un salario mensual hasta de dos (2) veces el salario mínimo, será de cuatro mil setecientos ochenta y siete pesos ($ 4.787.00) moneda corriente, mensuales.

Artículo 2.

ş Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto número 45 del 4 de enero de 1990. Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 45 de 1990 Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 10 de enero de 1991.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolff Hommes.

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Francisco Posada De La Peńa.

El Ministro de obras Públicas y Transporte, Juan Felipe Gaviria Gutierrez.

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