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DECRETO 29 de 1997

Por el cual se aprueba al Acuerdo 22 de 1996 que establece la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA

Tipo
DECRETO
Número
29
Año
1997
Entidad
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978,

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Apruébase el Acuerdo 22 de 1996 por el cual se establece la Planta de Personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, cuyo texto es el siguiente:

<<ACUERDO NUMERO 22 DE 1996 (diciembre 24) por el cual se establece la Planta de Personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA.

La Junta Directiva del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, en ejercicio de sus atribuciones, particularmente las que le confiere el artículo 7ş del Decreto 2141 de 1992,

ACUERDA:

Artículo 1ş. Las funciones propias de las distintas dependencias del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece: Número de cargos Denominación del cargo Código y grado DESPACHO DEL GERENTE 1 Gerente de Establecimiento Público 0015-21 2 Asesor 1020-08 2 Secretario Ejecutivo 5040-24 1 Conductor Mecánico 5310-19 PLANTA GLOBAL 1 Secretario General de Establecimiento Público 0037-18 3 Subgerente de Establecimiento Público 0040-18 10 Jefe de División 2040-24 4 Jefe de Oficina 2045-24 14 Profesional Especializado 3010-25 33 Profesional Especializado 3010-24 28 Profesional Especializado 3010-22 59 Profesional Especializado 3010-21 44 Profesional Especializado 3010-20 35 Profesional Especializado 3010-19 30 Profesional Especializado 3010-18 67 Profesional Especializado 3010-17 113 Profesional Especializado 3010-16 72 Profesional Especializado 3010-15 31 Profesional Especializado 3010-14 22 Profesional Universitario 3020-13 14 Profesional Universitario 3020-12 3 Profesional Universitario 3020-11 36 Profesional Universitario 3020-10 36 Profesional Universitario 3020-09 31 Técnico Administrativo 4065-16 16 Técnico Administrativo 4065-15 12 Técnico Administrativo 4065-13 20 Técnico Administrativo 4065-10 1 Técnico Operativo 4080-12 4 Técnico Operativo 4080-11 7 Técnico Operativo 4080-10 83 Técnico Operativo 4080-09 162 Técnico Operativo 4080-07 5 Secretario Ejecutivo 5040-24 10 Secretario Ejecutivo 5040-23 22 Secretario Ejecutivo 5040-22 38 Secretario Ejecutivo 5040-20 23 Secretario Ejecutivo 5040-16 24 Secretario Ejecutivo 5040-14 39 Secretario Ejecutivo 5040-11 62 Secretario 5140-09 17 Auxiliar Administrativo 5120-20 30 Auxiliar Administrativo 5120-16 11 Auxiliar Administrativo 5120-11 16 Auxiliar Administrativo 5120-10 23 Auxiliar Administrativo 5120-08 14 Operario Calificado 5300-12 285 Operario Calificado 5300-11 29 Operario Calificado 5300-10 13 Conductor Mecánico 5310-19 10 Conductor Mecánico 5310-13 5 Conductor Mecánico 5310-09 229 Auxiliar Servicios Generales 5335-08 1.922 Artículo 2ş. El Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, distribuirá mediante Resolución los cargos que se determinan en el artículo primero del presente Acuerdo, conforme a la estructura interna, a las necesidades del servicio y a los planes y programas de la entidad.

Artículo 3ş. La incorporación de los empleados a la nueva planta de personal de que trata el artículo primero del presente Acuerdo, deberá realizarse conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia y en un termino de 45 días contados a partir de la publicación del decreto que apruebe el presente Acuerdo.

Artículo 4ş. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación del Decreto del Gobierno Nacional que lo apruebe, deroga el Acuerdo número 36 del 6 de diciembre de 1993 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los 24 días del mes de diciembre de 1996.

(Fdo.) El Presidente de la Junta Directiva, Jairo Hernando Arias Puerta.

Artículo 2.

ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, surte efectos fiscales a partir del primero de enero de 1997 y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 2646 del 29 de diciembre de 1993.

Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 2646 de 1993 Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 9 de enero de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo Gaviria.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Cecilia López Montańo.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Edgar Alfonso González Salas.

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