DECRETO 4966 de 2007
por el cual se establece el auxilio de transporte.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 4966
- Año
- 2007
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en las Leyes 15 de 1959 y 4ª de 1992,
DECRETA:
Artículo 1°.
Fijar a partir del primero (1°) de enero de dos mil ocho (2008) el auxilio de transporte a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen hasta dos (2) veces el salario mínimo legal mensual vigente, en la suma de cincuenta y cinco mil pesos ($55.000) en moneda corriente, mensuales, el cual se pagará por los empleadores en todos los lugares del país donde se preste el servicio público de transporte.
Artículo 2°.
El presente decreto rige a partir del primero (1°) de enero de dos mil ocho (2008) y deroga el Decreto 4581 de 27 de diciembre de 2006.
Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 4581 de 2006 Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de diciembre de 2007 ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar.
Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt.
El Ministro de Transporte, Andrés Uriel Gallego.
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