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DECRETO 4933 de 2009

por el cual se modifica el Decreto 2590 de 9 de julio de 2009.

Tipo
DECRETO
Número
4933
Año
2009
Entidad
MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Ministro del Interior y de Justicia de la República de Colombia, Delegatario de funciones presidenciales mediante Decreto número 4818 del 10 de diciembre de 2009, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de los artículos 77 de la Ley 300 de 1996 y 12 de la Ley 1101 de 2006,

DECRETA:

Artículo 1°.

El parágrafo 1° del artículo 3° del Decreto 2590 de 2009, quedará así:

Parágrafo 1°.
La destinación de los inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal para la prestación de los servicios de vivienda turística en forma permanente u ocasional, debe estar autorizada en los reglamentos de propiedad horizontal. Lo anterior se acreditará ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a más tardar el 30 de abril de 2010.

Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (parágrafo 1 ) Artículo 3 DECRETO 2590 de 2009

Artículo 2°.

Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 18 de diciembre de 2009.

FABIO VALENCIA COSSIO El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Guillermo Plata Páez.

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