DECRETO 4905 de 2007
por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 4905
- Año
- 2007
- Entidad
- MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 en concordancia con los literales m) y n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 1152 de 2007 por la cual se dicta el Estatuto de Desarrollo Rural, estableció funciones adicionales al Instituto Colombiano Agropecuario, ICA;
Que el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar la planta de personal, el cual obtuvo concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo;
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, emitió concepto favorable para efecto de modificar la Planta de Personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA;
Que el Consejo Directivo del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, decidió someter a consideración del Gobierno Nacional la modificación de su planta de personal, de acuerdo con el Acta número 495 del 12 de diciembre de 2007,
DECRETA:
Artículo 1°.
Apruébase la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, creándose los siguientes cargos:
N° Cargos Denominación del cargo Código Grado PLANTA GLOBAL 1 Uno Subgerente General de Entidad Descentralizada 0040 21 2 Dos Director Técnico 0100 20 2 Dos Director Regional 0042 15 2 Dos Profesional Especializado 2028 20 4 Cuatro Profesional Especializado 2028 16 4 Cuatro Profesional Especializado 2028 15 1 Uno Profesional Especializado 2028 14 7 Siete Profesional Especializado 2028 13 1 Uno Profesional Especializado 2028 12 9 Nueve Profesional Universitario 2044 11 13 Trece Profesional Universitario 2044 10 1 Uno Técnico Administrativo 3124 17 2 Dos Técnico Administrativo 3124 15 6 Seis Técnico Operativo 3132 16 20 Veinte Técnico Operativo 3132 15 1 Uno Secretario Ejecutivo 4210 24 1 Uno Secretario Ejecutivo 4210 22 1 Uno Conductor Mecánico 4103 13 3 Tres Auxiliar Administrativo 4044 15
Artículo 2°.
El Gerente General, mediante acto administrativo, incorporará directamente a los servidores públicos que venían desempeñando las funciones transferidas del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, al Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, a quienes no se les haya suprimido efectivamente el cargo en la planta de personal del Incoder, de conformidad con la Ley 909 de 2004 y sus decretos reglamentarios.
Artículo 3°.
El Gerente General distribuirá los cargos de la planta de personal de acuerdo con la estructura, los planes, programas, proyectos y necesidades institucionales.
Artículo 4°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1455 del 19 de julio de 2001.
Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 1455 de 2001 Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de diciembre de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Andrés Felipe Arias Leiva.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano.
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