DECRETO 4894 de 2007
por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Empresa Social del Estado José Prudencio Padilla.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 4894
- Año
- 2007
- Entidad
- MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, y el parágrafo 1° del artículo 2° de la Ley 1105 de 2006, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 2505 de julio 29 de 2006, se dispuso la supresión y liquidación de la Empresa Social del Estado, ESE, José Prudencio Padilla, creada mediante Decreto-ley 1750 de 2003, como una entidad pública descentralizada del nivel nacional, de categoría especial adscrita al Ministerio de la Protección Social;
Que el inciso 2° del artículo 1° del Decreto 2505 de 2006 señaló que la liquidación de Empresa Social del Estado, ESE, José Prudencio Padilla en liquidación debería culminar a más tardar en un plazo de un (1) año a partir de su entrada en vigencia, prorrogables hasta por un plazo igual;
Que el parágrafo 1° del artículo 2° de la Ley 1105 de 2006, “por medio de la cual se modifica el Decreto-ley 254 de 2000, sobre el procedimiento de liquidación de entidades públicas de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional” señala que “En el acto que ordene la supresión y liquidación de la respectiva entidad, se señalará el plazo para realizar la liquidación de la respectiva entidad, el cual será fijado teniendo en cuenta las características de la misma. Si la liquidación no concluye en dicho plazo, el Gobierno podrá prorrogar el plazo fijado por acto administrativo debidamente motivado”;
Que mediante artículo 1° del Decreto 2867 de 2007, se prorrogó el proceso de liquidación por un término de cinco (5) meses, el cual vence el 29 de diciembre de 2007;
Que mediante Comunicación 016440 radicada con número 293087 del 6 de diciembre de 2007, la sociedad Fiduagraria S. A., en su condición de liquidador de Empresa Social del Estado, ESE, José Prudencio Padilla en liquidación, solicitó prorrogar por el término de tres (3) meses el proceso liquidatorio, con el fin de culminar el trámite de aprobación del cálculo actuarial y la conmutación de obligaciones pensionales al Instituto de Seguros Sociales, ISS, conforme a lo previsto en los artículos 15 y 16 del Decreto 2505 de 2006; adelantar el pago a acreedores con reclamaciones oportunas reconocidas de acuerdo con la disponibilidad de recursos, con la entrega de bienes en dación de pago forzosa a prorrata; la aprobación del Informe Final de la Liquidación, conforme a los artículos 36 y 38 del Decreto-ley 254 de 2000; así como para adelantar la selección y contratación de la Entidad fiduciaria que se encargue de los remanentes del proceso;
De acuerdo con lo anterior no es posible culminar el proceso de liquidación de la Empresa Social del Estado ESE, José Prudencio Padilla en liquidación el día 29 de diciembre de 2007, y se justifica su prórroga;
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.
Prorrogar el plazo dispuesto para la liquidación de la Empresa Social del Estado José Prudencio Padilla establecido en el artículo 1° del Decreto 2867 de 2007, por un término hasta de tres (3) meses, el cual vence el 29 de marzo de 2008.
TEXTO CORRESPONDIENTE A Prorrogado (Plazo ) Artículo 1 DECRETO 900 de 2008 Afecta la vigencia de: Prorroga Artículo 1 DECRETO 2867 de 2007
Artículo 2°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de diciembre de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano.
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