DECRETO 4812 de 2008
por el cual se aprueba la reforma al artículo 11 de los Estatutos Sociales de la Financiera Energética Nacional, FEN.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 4812
- Año
- 2008
- Entidad
- MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 8º de la Ley 11 de 1982,
DECRETA:
Artículo 1.
º. Apruébese la reforma del artículo 11 de los Estatutos Sociales de la Financiera Energética Nacional S. A., FEN, adoptada por la Asamblea General de Accionistas de dicha Entidad, en la reunión universal llevada a cabo el día siete (7) de noviembre de 2008, según consta en el Acta número 42, cuyo texto es el siguiente:
"
Artículo 11.
Capital autorizado. El capital autorizado de la FEN es de seiscientos treinta mil millones de pesos ($630.000.000.000.00) moneda legal colombiana, dividido en seis millones trescientas mil acciones (6.300.000) con un valor nominal de cien mil pesos ($100.000.00) cada una. El capital suscrito y pagado de la sociedad en la fecha de aprobación de la presente reforma estatutaria es de ciento treinta y seis mil millones de pesos ($136.000.000.000.00), dividido en un millón trescientas sesenta mil acciones (1.360.000) con un valor nominal de cien mil pesos cada una".
Artículo 2.
º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 23 de diciembre de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Minas y Energía, Hernán Martínez Torres.
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