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DECRETO 4674 de 2007

por el cual se revoca el Decreto número 2489 del 4 de agosto de 2004.

Tipo
DECRETO
Número
4674
Año
2007
Entidad
MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Ministro del Interior y de Justicia de la República de Colombia, Delegatario de funciones Presidenciales, mediante Decreto número 4618 de 2007, en ejercicio de las facultades legales que le confieren los artículos 172 de la Ley 734 de 2002; 69 y 73 del Código Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 2489 del 4 de agosto de 2004, se ordenó ejecutar la sanción consistente en suspensión por el término de (1) un mes en el ejercicio del cargo de Notario 24 del Círculo de Bogotá, D. C., impuesta por la Superintendencia Delegada para el Notariado de la Superintendecia de Notariado y Registro, al doctor Jorge Humberto Uribe Escobar;

Que mediante Auto número 782 del 23 de agosto de 2006, el cual se encuentra debidamente ejecutoriado, la Superintendente Delegada para el Notariado de la Superintendecia de Notariado y Registro revocó las Resoluciones números 109 y 113 del 15 de enero de 2004, por medio de las cuales se sancionó al doctor Jorge Humberto Uribe Escobar, en su calidad de Notario Veinticuatro del Círculo de Bogotá con suspensión en el ejercicio del cargo por el término de un (1) mes, dentro del Proceso Disciplinario número 150 de 2002;

Que la Superintendente Delegada para el Notariado, mediante Comunicación S.D.N. número 3775 del 14 de septiembre de 2007, comunicó al Ministerio del Interior y de Justicia de la mencionada revocatoria;

Que la revocatoria de los actos administrativos mencionados obliga a restablecer las cosas al estado en que se encontraban antes de ejecutar la sanción, por lo cual se hace necesario revocar el Decreto 2489 del 4 de agosto de 2004;

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.

Revocar por las razones expuestas en la parte motiva del presente decreto, el Decreto 2489 del 4 de agosto de 2004.

Artículo 2°.

Por la Secretaría General de la Superintendencia de Notariado y Registro, comuníquese este decreto a la Procuraduría General de la Nación para los fines previstos en el artículo 174 de la Ley 734 de 2002 y ordénese el archivo en la hoja de vida del señor Jorge Humberto Uribe Escobar.

Artículo 3°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de noviembre de 2007.

CARLOS HOLGUIN SARDI El Ministro del Interior y de Justicia, Carlos Holguín Sardi.

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