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DECRETO 4475 de 2006

por el cual se fijan las fechas de expedición de Títulos de Tesorería, TES, Ley 546.

Tipo
DECRETO
Número
4475
Año
2006
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 546 de 1999,

DECRETA:

Artículo 1º.

Fechas de expedición de Títulos de Tesorería, TES, Ley 546. Para hacer efectivo el pago de los alivios hipotecarios a las entidades acreedoras de conformidad con la Ley 546 de 1999, la expedición de Títulos de Tesorería, TES, Ley 546 se realizará en las siguientes fechas:

- 28 de diciembre de 2006

- 28 de enero de 2007

- 28 de febrero de 2007

- 28 de marzo de 2007

- 28 de abril de 2007

- 28 de mayo de 2007

- 28 de junio de 2007

Parágrafo.
Para la expedición de los Títulos de Tesorería, TES, Ley 546 en las fechas establecidas en el presente artículo, se aplicará el procedimiento previsto por el artículo 3º del Decreto 249 de 2000 modificado parcialmente por el artículo 2º del Decreto 2221 de 2000.

Artículo 2º.

Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 15 de diciembre de 2006.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.

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