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DECRETO 4470 de 2007

por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1292 de 2003.

Tipo
DECRETO
Número
4470
Año
2007
Entidad
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 52 de la Ley 489 de 1998, el Decreto-ley 254 de 2000, la Ley 1105 de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1292 del 21 de mayo de 2003, por el cual se suprime el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, y se ordena su liquidación;

Que mediante Decreto 2462 del 29 de junio de 2007 se amplió el plazo de liquidación hasta el 22 de noviembre de 2007;

Que de conformidad con la sustentación técnica y la programación de las actividades pendientes por ejecutar, presentada por el Gerente Liquidador del Incora, a la junta liquidadora según consta en Acta números del 18 de octubre de 2007, se considera necesario ampliar el tiempo de la liquidación para concluir las siguientes actividades: i) Aprobación del cálculo actuarial por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público; ii) Traslado de pasivo pensional; iii) Liquidación contratos;

Que el presupuesto otorgado al Incora en Liquidación por la Ley General de Presupuesto es suficiente para sufragar los gastos que demanda el proceso de liquidación en la vigencia 2007;

Que la Junta Liquidadora del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, en Liquidación, acordó someter a aprobación del Gobierno Nacional la modificación del plazo para la liquidación del Instituto, de acuerdo con el Acta número 5 del 18 de octubre de 2007,

DECRETA:

Artículo 1°.

Modificar el inciso 2° del artículo 1° del Decreto 1292 de 2003, el cual quedará así:

“En consecuencia, a partir de la vigencia del presente decreto, dicho establecimiento entrará en proceso de liquidación, el cual deberá concluir a más tardar el 31 de Diciembre de 2007 y utilizará para todos los efectos la denominación Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, en Liquidación y estará adscrito al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural”.

Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (inciso 2 ) Artículo 1 DECRETO 1292 de 2003

Artículo 2°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1292 de 21 de mayo de 2003, y 2462 de 2007.

Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente DECRETO 1292 de 2003 Modifica en lo pertinente DECRETO 2462 de 2007 Publíquese y cúmplase.

Dado e Bogotá, D. C., a 21 de noviembre de 2007.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Andrés Felipe Arias Leiva.

El Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano.

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