DECRETO 4460 de 2008
por el cual se prorroga la vigencia del Decreto 4672 de 2007.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 4460
- Año
- 2008
- Entidad
- MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 4672 del 30 de noviembre de 2007, publicado en el Diario Oficial 46.828 del 30 de noviembre de 2007, el Gobierno Nacional estableció un arancel del 30% a las importaciones de maíz blanco clasificado por la subpartida arancelaria 1005.90.12.00, por el término de un (1) año;
Que el Comité de Asuntos Aduaneros Arancelarios y de Comercio Exterior, en su Sesión 193 del 27 de octubre de 2008, recomendó prorrogar la vigencia del Decreto 4672 de 2007, por el término de un (1) año,
DECRETA:
Artículo 1º.
Prorróguese la vigencia del Decreto 4672 del 30 de noviembre de 2007, por el término de un (1) año a partir del 30 de noviembre de 2008.
Afecta la vigencia de: Prorroga la vigencia DECRETO 4672 de 2007
Artículo 2º.
El presente decreto rige a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de noviembre de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Andrés Felipe Arias Leiva.
El Viceministro de Comercio Exterior, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Eduardo Muñoz Gómez.
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