DECRETO 4440 de 2010
por el cual se amplía el término señalado en el artículo 1° del Decreto 3159 de 2010 que suspendió el plazo establecido en el parágrafo del artículo 3° del Decreto 2390 de 2010 y se prorroga el plazo establecido en el artículo 8° del Decreto 2390 de 2010.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 4440
- Año
- 2010
- Entidad
- MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Ministro del Interior y de Justicia de la República de Colombia Delegatario de Funciones Presidenciales mediante Decreto 4415 de 2010, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, por el artículo 49 de la Ley 489 de 1998 y en desarrollo de los artículos 15 de la Ley 797 de 2003 y 2° de la Ley 828 de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 3159 de 2010, se suspendió por el término de cuatro (4) meses contados a partir del recibo de la convocatoria, el plazo para que las entidades del Sistema de Seguridad Social Integral y de la Protección Social manifestaran su voluntad de no participar en la entidad de economía mixta que administrará el Registro Único de Afiliados -RUAF-.
Que las entidades públicas o aquellas que tienen participación pública, que hacen parte del Sistema de Seguridad Social Integral y de la Protección Social, así como otras pertenecientes al Sistema, están analizando el esquema de operación de la entidad que administrará el RUAF y su participación en la misma.
Que las entidades administradoras del Sistema de Seguridad Social Integral y de la Protección Social, requieren de un plazo adicional al previsto en el artículo 8° del Decreto 2390 de 2010 para poner a disposición de sus afiliados, cotizantes y aportantes el Formulario Único Electrónico de Afiliación y Manejo de Novedades, en razón a las revisiones y ajustes que se están efectuando por parte del Ministerio de la Protección Social,
DECRETA:
Artículo 1°.
Ampliación de un término. Amplíase por cuatro (4) meses contados a partir de la publicación del presente decreto, el término establecido en el artículo primero del Decreto 3159 de 2010, para que las entidades del Sistema de Seguridad Social Integral y de la Protección Social manifiesten su voluntad de no participar en la entidad de economía mixta que administrará el Registro Único de Afiliados -RUAF- o guarden silencio sobre el particular.
Afecta la vigencia de: Amplía (Término ) Artículo 1 DECRETO 3159 de 2010
Artículo 2°.
Prórroga de un plazo. Prorrógase por el término de seis (6) meses, el plazo establecido en el artículo 8° del Decreto 2390 de 2010, para que las administradoras del Sistema de Seguridad Social Integral y de la Protección Social, pongan a disposición de sus afiliados, cotizantes y aportantes el Formulario Único Electrónico de Afiliación y Manejo de Novedades.
Afecta la vigencia de: Prorroga (Plazo ) Artículo 8 DECRETO 2390 de 2010
Artículo 3°.
Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el artículo 1° del Decreto 3159 de 2010, el artículo 8º del Decreto 2390 de 2010 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de noviembre de 2010.
GERMÁN VARGAS LLERAS.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Carlos Echeverry Garzón.
El Ministro de la Protección Social, Mauricio Santa María Salamanca.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Elizabeth Rodríguez Taylor.
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