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DECRETO 4435 de 2004

por el cual se suprimen unos cargos de la planta de personal del Instituto para el Desarrollo de la Democracia Luis Carlos Galán en Liquidación.

Tipo
DECRETO
Número
4435
Año
2004
Entidad
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto número 0301 del 29 de enero de 2004, por el cual se suprime el Instituto para el Desarrollo de la Democracia Luis Carlos Galán, y se ordena su liquidación.

Que el Instituto para el Desarrollo de la Democracia Luis Carlos Galán en Liquidación, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de suprimir unos cargos de la planta de personal de esa entidad, el cual obtuvo el concepto favorable de este Departamento Administrativo.

Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó el certificado de viabilidad presupuestal.

DECRETA:

Artículo 1°.

Suprímense de la Planta de Personal del Instituto para el Desarrollo de la Democracia Luis Carlos Galán en Liquidación, los siguientes cargos:

Número de Cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL 1 (Uno) Asesor 1020 14 PLANTA GLOBAL 1 (Uno) Subdirector General de Entidad Descentralizada 0040 14 1 (Uno) Asistente Administrativo 4140 15

Artículo 2°.

Los empleados públicos de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° del presente Decreto, tendrán derecho a optar por la indemnización o por la incorporación a empleo equivalente de conformidad con lo consagrado en el artículo 39 de la Ley 443 de 1998 y en los decretos reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 1568 de 1998 y demás normas vigentes sobre la materia.

Artículo 3°.

El presente Decreto rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2804 del 20 de diciembre de 2001.

Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 2804 de 2001 Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 31 de diciembre de 2004.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.

La Viceministra de Educación Preescolar, Básica y Media del Ministerio de Educación Nacional, encargada de las funciones del despacho de la Ministra de Educación Nacional, Juana Inés Díaz Tafur.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano.

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