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DECRETO 4409 de 2008

por el cual se modifica el parágrafo del artículo 5° del Decreto 4820 del 14 de diciembre de 2007.

Tipo
DECRETO
Número
4409
Año
2008
Entidad
MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política y 45 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1º.

Modifíquese el parágrafo del artículo 5º del Decreto 4820 del 14 de diciembre de 2007, el cual quedará así:

"
Parágrafo.
Prorrogar hasta el 31 de marzo de 2009, el informe final que debe rendir la Comisión para la Reforma a la Jurisdicción Contencioso Administrativa".

Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (Parágrafo ) Artículo 5 DECRETO 4820 de 2007

Artículo 2º.

Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de noviembre de 2008.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro del Interior y de Justicia, Fabio Valencia Cossio.

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