DECRETO 4362 de 2011
por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto 1849 de 2011, mediante el cual se nombran miembros principales y suplentes en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Amazonas.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 4362
- Año
- 2011
- Entidad
- MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, artículo 80 del Decreto-ley 410 de 1971 y el Decreto 898 de 2002,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 80 del Código de Comercio, el Gobierno Nacional estará representado en las Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio hasta en una tercera parte de cada Junta.
Que el artículo 12 del Decreto 898 de 2002, establece que las Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio se integrarán teniendo en cuenta el número de comerciantes con matrícula vigente al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al que se realice la elección, de la siguiente manera:
1. Las Cámaras de Comercio que tengan hasta 15.000 comerciantes, seis (6) miembros principales y seis (6) suplentes personales.
2. Las Cámaras de Comercio con más de 15.000 y hasta 30.000 comerciantes, nueve (9) miembros principales y nueve (9) miembros suplentes personales.
3. Las Cámaras de Comercio con más de 30.000 comerciantes, doce (12) miembros principales y doce (12) miembros suplentes personales.
Que de conformidad con las normas citadas y según cuadro suministrado por la Superintendencia de Industria y Comercio, la Representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Amazonas, corresponde a un total de dos (2) miembros principales y dos (2) miembros suplentes.
Que el doctor Alejandro Calvache Babilonia nombrado, mediante Decreto 1849 del 2011, como miembro suplente de la doctora Mariela Luisa Veloza Souza en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Amazonas, no aceptó su nombramiento, por lo que se hace necesario designar un nuevo miembro suplente en representación del Gobierno Nacional en la mencionada Junta Directiva,
DECRETA:
Artículo 1°.
Modifícase el artículo 2° del Decreto 1849 del 27 de mayo de 2011, el cual quedará así:
"Artículo 2°. Nómbrase a la doctora Gloria Esperanza Espejo Baus, identificada con la cédula de ciudadanía número 40176201 como miembro suplente de la doctora Mariela Luisa Veloza Souza, en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Amazonas."
Artículo 2°.
La nueva directiva nombrada deberá posesionarse ante la Junta Directiva de la respectiva Cámara de Comercio.
Artículo 3°.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 2° del Decreto 1849 de 2011.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 15 de noviembre de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Sergio Díaz-Granados Guida.
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