DECRETO 4251 de 2004
por el cual se modifica el artículo nuevo del Decreto 398 de 2002, adicionado por el artículo 2° del Decreto 1248 de 2004.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 4251
- Año
- 2004
- Entidad
- DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1°.
Modificase el artículo nuevo del Decreto 398 de 2002, adicionado por el artículo 2° del Decreto 1248 de 2004, el cual quedará así:
Artículo nuevo. Atendiendo las políticas del Gobierno Nacional sobre Crecimiento Económico Sostenible y Generación de Empleo contenidas en la Ley 812 de 2003, así como las condiciones socioeconómicas y culturales de las regiones, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios podrá promover la creación de empresas de servicios públicos de carácter regional de tal forma que se permita una gestión propia de los participantes, con sus consecuentes responsabilidades. En tal caso, la prestación del servicio se entregará a la empresa así constituida, la cual deberá contratar al operador especializado y al supervisor del contrato de operación, previamente escogidos a través de un proceso de selección, mediante actos administrativos expedidos por la Superintendencia de Servicios Públicos.
La prestación del servicio por el operador especializado que seleccione la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y la supervisión del contrato de operación respectivo se hará conforme a los términos y condiciones que seńale esta Entidad.
Parágrafo.
Para la designación del supervisor del Contrato, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios adelantará un proceso de selección que se regirá, en lo pertinente, por el procedimiento establecido en el Decreto 398 de 2002, el Decreto 1248 de 2004, y además normas que los modifiquen o adicionen.
Afecta la vigencia de: Modifica Artículo nuevo DECRETO 398 de 2002
Artículo 2°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 398 de 2002 y el Decreto 1248 de 2004.
Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 1248 de 2004 Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 16 de diciembre de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Sandra Suárez Pérez El Director del Departamento Nacional de Planeación, Santiago Montenegro Trujillo
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.