DECRETO 4247 de 2004
por el cual se modifica la planta de personal de la Caja Nacional de Previsión Social, Cajanal, Empresa Industrial y Comercial del Estado.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 4247
- Año
- 2004
- Entidad
- MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Caja Nacional de Previsión Social, Cajanal, Empresa Industrial y Comercial del Estado, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004;
Que la Caja Nacional de Previsión Social, Cajanal, Empresa Industrial y Comercial del Estado cuenta con el concepto favorable expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectos de modificar su planta de personal;
Que la Junta Directiva de la Caja Nacional de Previsión Social, Cajanal, Empresa Industrial y Comercial del Estado, en sesión del 27 de octubre de 2004, debatió la propuesta de modificación de la planta de personal y determinó presentarla al Gobierno Nacional para su aprobación,
DECRETA:
Artículo 1°.
Suprímense de la planta de personal de la Caja Nacional de Previsión Socia, Cajanal, Empresa Industrial y Comercial del Estado, cuatro (4) empleos de trabajadores oficiales.
Artículo 2°.
Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior, el número de trabajadores oficiales al servicio de la Caja Nacional de Previsión Social, Cajanal, Empresa Industrial y Comercial del Estado, será de doscientos diez (210).
Artículo 3°.
Créanse en la planta de personal de empleados públicos de la Caja Nacional de Previsión Social, Cajanal, Empresa Industrial y Comercial del Estado, los siguientes cargos:
Número de Cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado DESPACHO DEL GERENTE 2 (dos) Asesor 1020 07
Artículo 4°.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 64 de 2004.
Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 64 de 2004 Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 16 de diciembre de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera El Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano
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