DECRETO 4171 de 2007
por el cual se ajusta a la nueva nomenclatura y clasificación de empleos de la planta de personal de Empleados Públicos de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y se dictan otras disposiciones.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 4171
- Año
- 2007
- Entidad
- MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto-ley 092 de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 21 del Decreto-ley 092 de 2007 ordenó que la planta de personal debe ser ajustada al Sistema de Nomenclatura y Clasificación de Empleos del Sector Defensa establecido en el mismo decreto, con fundamento en la Tabla de Organización “TO” expedida para cada entidad o dependencia;
Que mediante Resolución número 1620 del 30 de abril de 2007, fue expedida la Tabla de Organización “TO” de la Planta de Personal de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada a que se refiere el artículo 20 del Decreto-ley 092 de 2007, en la cual se efectuaron las equivalencias de los empleos de acuerdo a la nomenclatura y clasificación establecida en el mencionado decreto;
Que el Superintendente de Seguridad y Vigilancia Privada decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la planta de personal que se establece en el presente decreto,
DECRETA:
Artículo 1°.
La planta de personal de Empleados Públicos de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, de conformidad con el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos especial del Sector Defensa contemplado en el Decreto-ley 092 de 2007, será la siguiente:
PLANTA GLOBAL N° DE CARGOS DENOMINACION DEL CARGO CODIGO GRADO 1 (uno) Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada 1-2 25 1 (uno) Secretario General de Superintendencia 1-2-1 22 2 (dos) Superintendente Delegado del Sector Defensa 1-2 23 5 (cinco) Asesor del Sector Defensa 2-2 26 1 (uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 24 2 (dos) Jefe de Oficina del Sector Defensa 1-4 16 2 (dos) Jefe de Oficina Asesora del Sector Defensa 2-1 28 10 (diez) Profesional de Defensa 3-1 19 14 (catorce) Profesional de Defensa 3-1 16 10 (diez) Profesional de Defensa 3-1 10 10 (diez) Profesional de Defensa 3-1 8 3 (tres) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 31 10 (diez) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 26 19 (diecinueve) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 26 1 (uno) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 28 2 (dos) Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 13
Artículo 2°.
El Superintendente de Seguridad y Vigilancia Privada, mediante resolución, distribuirá los cargos de la Planta Global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
Artículo 3°.
Los funcionarios que a la fecha de la expedición del presente decreto se encuentren prestando sus servicios en la planta de personal de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, serán incorporados en los cargos de los que trata el artículo 1°, en un término máximo de treinta (30) días contados a partir de la fecha de su publicación.
Artículo 4°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto 2356 de 2006 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Afecta la vigencia de: Modifica DECRETO 2356 de 2006 Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de octubre de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Ministro de Defensa Nacional, Juan Manuel Santos C.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano.
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