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CIRCULAR EXTERNA 85 de 2003

Solicitudes de consultas de índices de propietarios y de inmuebles. Expedición de certificados sobre situación jurídica de inmuebles

Tipo
CIRCULAR EXTERNA
Número
85
Año
2003
Entidad
SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Apreciado señor:

Ante esta Superintendencia se radican día a día innumerables solicitudes provenientes de los despachos a su cargo o de organismos o dependencias adscritos a los mismos. Ellas se dirigen a obtener los números de los folios de matrícula inmobiliaria de los predios, certificados de tradición que son requeridos en desarrollo de las diferentes competencias asignadas.

En ejercicio de la cooperación interinstitucional, que debe existir entre los diferentes estamentos del Gobierno Nacional, ha sido procedimiento de esta Administración dirigirse por medio de circulares, enviadas a los Registradores de Instrumentos Públicos, transcribiendo cada una de tales solicitudes.

No obstante, motivos de austeridad en el gasto público, el carecer de una base de datos centralizada, y la responsabilidad exclusiva, que les asigna la ley a los Registradores de Instrumentos Públicos, sobre sus archivos, me motivan a plantear un cambio. Así sus peticiones serán atendidas con la mayor inmediatez y eficacia.

Es necesario, entonces, que los funcionarios que requieran de tal información, evalúen de acuerdo a las necesidades de cada proceso, a qué Registradores de Instrumentos Públicos deben dirigir sus peticiones. Por lo expuesto a partir de la fecha, lo invito a impartir las órdenes que el asunto amerita a efectos de que se dirijan a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, correspondiente a la ubicación de los inmuebles, cuyo listado y directorio le adjunto.

Me valgo de esta oportunidad para reiterar el contenido del artículo 17 del Decreto 1428 de julio 26 de 2000 "por el cual se fijan los derechos por concepto de la función registral y se dictan otras disposiciones", norma esta reguladora de las exenciones a tales derechos, si a ello hubiere lugar.

Reciba mi saludo, José Félix Lafaurie Rivera, Superintendente de Notariado y Registro.

Anexo: Lo Anunciado.

(C.F)

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