Jurismart

DECRETO 4068 de 2011

por el cual se establecen equivalencias de empleos y se dictan otras disposiciones en materia salarial y prestacional.

Tipo
DECRETO
Número
4068
Año
2011
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que como consecuencia de la supresión del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, se hace necesario crear los empleos en la planta de personal de la Defensa Civil Colombiana.

Que la Defensa Civil Colombiana elaboró la justificación técnica en la cual se determinaron las necesidades que en materia de personal requiere para atender sus funciones, el cual mereció concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.

Que para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto de viabilidad presupuestal. Que el Consejo Directivo de la Defensa Civil Colombiana, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación a la planta de personal.

DECRETA:

Artículo 1°.

Apruébase la creación en la planta de personal de la Defensa Civil Colombiana, los siguientes cargos de carácter permanente: N° de Cargos

Denominación del Empleo Código Grado PLANTA GLOBAL 1 (uno) Profesional de Defensa 3-1 12 1 (uno) Profesional de Defensa 3-1 22 19 (diecinueve) Técnico para Apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 28

Artículo 2°.

La Defensa Civil Colombiana proveerá los empleos creados en el presente decreto, mediante la incorporación directa de los servidores del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS.

Artículo 3°.

El Director General distribuirá mediante acto administrativo, los empleos de la planta de personal globalizada creados por el presente decreto, teniendo en cuenta la estructura interna de la entidad y las necesidades del servicio.

Artículo 4°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 31 de octubre de 2011.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Carlos Echeverry Garzón.

El Ministro de Defensa Nacional, Juan Carlos Pinzón Bueno.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Elizabeth Rodríguez Taylor.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar