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DECRETO 3780 de 2003

por el cual se efectúa un ajuste en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia. fiscal de 2003.

Tipo
DECRETO
Número
3780
Año
2003
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
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Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la Rep˙blica de Colombia, en uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere el artÌculo 86 del Estatuto Org·nico del Presupuesto, compilado en el Decreto 111 de 1996, yÝ ÝÝ ÝÝ

CONSIDERANDO:

Ý ÝÝ Que el Gobierno Nacional, mediante el Decreto n˙mero 1791 del 26 de junio de 2003, ordenÛ la supresiÛn y liquidaciÛn de la Empresa Colombiana de VÌas FÈrreas - FerrovÌas;Ý ÝÝ Que el Gobierno Nacional, con base en las facultades otorgadas en el literal f) del artÌculo 16 de la Ley 790 de 2002 creÛ, mediante el Decreto n˙mero 1800 del 26 de junio de 2003, el Instituto Nacional de Concesiones, Inco, asign·ndole, entre otras, las funciones de: ejecutar los proyectos con participaciÛn de capital privado en infraestructura a cargo de la NaciÛn que hayan sido previamente identificados por el Ministerio de Transporte, identificar y proponer iniciativas de vinculaciÛn del capital privado para el desarrollo de la infraestructura de transporte y de los servicios conexos o relacionados, estudiar la viabilidad y proponer esquemas de participaciÛn del capital privado de acuerdo con las polÌticas fijadas por el Ministerio de Transporte y estructurar en forma integral las distintas modalidades de participaciÛn del capital privado en la infraestructura de transporte;Ý ÝÝ Que el artÌculo 352 de la ConstituciÛn PolÌtica le otorga a la Ley Org·nica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programaciÛn, aprobaciÛn, modificaciÛn y ejecuciÛn del Presupuesto General de la NaciÛn;Ý ÝÝ Que de conformidad con el artÌculo 86 del Estatuto Org·nico del Presupuesto General de la NaciÛn, cuando se fusionen Ûrganos o se trasladen funciones de uno a otro, el Gobierno Nacional, mediante Decreto, har· los ajustes correspondientes en el presupuesto para dejar en cabeza de los nuevos Ûrganos o de los que asumieron las funciones, las apropiaciones correspondientes para cumplir con sus objetivos, sin que puedan aumentar las partidas globales por funcionamiento, inversiÛn y servicio de la deuda, aprobadas por el Congreso de la Rep˙blica;Ý ÝÝ Que mediante la Ley 780 de diciembre 18 de 2002, se decretÛ el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1∫ de enero al 31 de diciembre de 2003, y mediante el Decreto 3200 del 27 de diciembre de 2002 se liquidÛ el Presupuesto General de la NaciÛn para la vigencia fiscal de 2003, se detallaron las apropiaciones y se clasificaron y definieron los gastos;Ý ÝÝ Que para el cumplimiento de los objetivos del Instituto Nacional de Concesiones, Inco, entidad a la cual le fueron trasladadas algunas de las funciones que venÌan desempeÒando entidades del sector Transporte, es necesario hacer los ajustes correspondientes en el Presupuesto General de la NaciÛn;Ý ÝÝ Que el Jefe de Presupuesto de la Empresa Colombiana de VÌas FÈrreas, FerrovÌas en liquidaciÛn expidiÛ el Certificado de Disponibilidad Presupuestal n˙mero 2379 del 28 de noviembre de 2003, mediante el que se certifica que en el presupuesto de la empresa a la fecha existen saldos disponibles y libres de afectaciÛn presupuestal,Ý ÝÝ

DECRETA:

Ý ÝÝ ArtÌculo 1∞. ContracredÌtense los saldos no comprometidos en el presupuesto de gastos de la Empresa Colombiana de VÌas FÈrreas, FerrovÌas en liquidaciÛn, en la suma de tres mil ciento sesenta y cuatro millones setecientos treinta y ocho mil seiscientos setenta y cuatro pesos ($3.164.738.674) para la vigencia fiscal de 2003 en los rubros y cuantÌas que a continuaciÛn se relacionan:Ý ÝÝ CONTRACREDITOS Ý ÝÝ

Sección 2401.

Ý ÝÝ MINISTERIO DE TRANSPORTE Ý ÝÝ UNIDAD 2401-05 Ý ÝÝ EMPRESA COLOMBIANA DE VIAS FERREAS Ý ÝÝ FERROVIAS EN LIQUIDACION Ý ÝÝ ÝÝ Cta Ý Pro Ý Subc Subp Ý Objg Proy Ý Ord Ý ÝÝ Subor Ý Rec Rec Ý Concepto Ý Valor Pesos Ý ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ C. INVERSI”NÝ 3.164.738.674Ý 113Ý ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTORÝ ÝÝ 113Ý 605Ý ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ TRANSPORTE FERREOÝ ÝÝ 113Ý 605Ý 7Ý ÝÝ ÝÝ ÝÝ REHABILITACION DE VIAS FERREAS A NIVEL NACIONAL, A TRAVES DEL SISTEMA DE CONCESIONESÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ 13Ý RECURSOS DEL CREDITO EXTERNOÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ PREVIA AUTORIZACI”NÝ 3.164.738.674Ý TOTAL CONTRACREDITOS FERROVIAS EN LIQUIDACI”N Ý 3.164.738.674 Ý ÝÝ ArtÌculo 2∞. Con base en el contracrÈdito del artÌculo anterior, acredÌtense los gastos del Instituto Nacional de Concesiones, INCO, SecciÛn 2413-00, en tres mil ciento sesenta y cuatro millones setecientos treinta y ocho mil seiscientos setenta y cuatro pesos ($3.164.738.674) para la vigencia fiscal de 2003 en los rubros y cuantÌas que a continuaciÛn se relacionan:Ý ÝÝ CREDITOS Ý ÝÝ

Sección 2413. -00

Ý ÝÝ INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES - INCO Ý ÝÝ ÝÝ Cta Ý Pro Ý Subc Subp Ý Objg Proy Ý Ord Ý ÝÝ Subor Ý Rec Rec Ý Concepto Ý Valor Pesos Ý ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ C. INVERSI”NÝ 3.164.738.674Ý 113Ý ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTORÝ ÝÝ 113Ý 605Ý ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ TRANSPORTE FERREOÝ ÝÝ 113Ý 605Ý 7Ý ÝÝ ÝÝ ÝÝ REHABILITACION DE VIAS FERREAS A NIVEL NACIONAL, A TRAVES DEL SISTEMA DE CONCESIONESÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ 13Ý RECURSOS DEL CREDITO EXTERNOÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ ÝÝ PREVIA AUTORIZACI”NÝ 3.164.738.674Ý TOTAL CONTRACREDITOS FERROVIAS EN LIQUIDACI”N Ý 3.164.738.674 Ý TOTAL CREDITO Ý 3.164.738.674 Ý ÝÝ ArtÌculo 3∫. La DirecciÛn General del Presupuesto P˙blico Nacional del Ministerio de Hacienda y CrÈdito P˙blico efectuar· los ajustes necesarios en el Sistema Integrado de InformaciÛn Financiera - SIIF NaciÛn y adecuar· los procedimientos correspondientes al registro y operatividad de la informaciÛn presupuestal de la vigencia fiscal de 2003, que se derive de la adopciÛn del presente decreto.Ý ÝÝ ArtÌculo 4∫. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaciÛn.Ý ÝÝ PublÌquese, comunÌquese y c˙mplase.Ý ÝÝ Dado en Bogot·, D. C., a 26 de diciembre de 2003.Ý ÝÝ ¡LVARO URIBE V…LEZ Ý ÝÝ El Ministro de Hacienda y CrÈdito P˙blico,Ý ÝÝ Alberto Carrasquilla Barrera. Ý ÝÝ

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