Jurismart

DECRETO 3668 de 2011

por el cual se modifica la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil).

Tipo
DECRETO
Número
3668
Año
2011
Entidad
MINISTERIO DE TRANSPORTE
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998,

CONSIDERANDO:

Que la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil) presentó el estudio técnico de que tratan los artículos 46 de la Ley 909 de 2004 y 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de modificar su planta de empleos, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;

Que la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil) para el propósito de modificar su planta de personal cuenta con concepto favorable de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

Que el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil - Aerocivil en la sesión del 24 de febrero de 2011, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de su planta de personal,

DECRETA:

Artículo 1°.

Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A Derogado Artículo 6 DECRETO 1329 de 2021

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 1°.

Créanse los siguientes empleos en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil) así: N° de empleos Denominación del empleo Nivel Grado 5 (cinco) Inspector de Seguridad Aérea 52 27 38 (treinta y ocho) Controlador de Tránsito Aéreo Radar 26 25 11 (once) Controlador de Tránsito Aéreo Auxiliar 26 13 25 (veinticinco) Bombero Aeronáutico I 20 11 12 (doce) Auxiliar IV 13 12 Vigente desde: 03/10/2011 y hasta el: 19/10/2021

Artículo 2°.

Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A Derogado Artículo 6 DECRETO 1329 de 2021

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2°.

El Director General, mediante resolución, distribuirá los empleos de la planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio de la entidad.

Vigente desde: 03/10/2011 y hasta el: 19/10/2021

Artículo 3°.

Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A Derogado Artículo 6 DECRETO 1329 de 2021 Afecta la vigencia de: Modifica DECRETO 261 de 2004 Modifica DECRETO 4739 de 2005 LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 3°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica los Decretos 261 de 2004 y 4739 de 2005 y las normas que le sean contrarias.

Afecta la vigencia de: Modifica DECRETO 261 de 2004 Modifica DECRETO 4739 de 2005 Vigente desde: 03/10/2011 y hasta el: 19/10/2021 Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 3 de octubre de 2011.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Carlos Echeverry Garzón.

El Ministro de Transporte, Germán Cardona Gutiérrez.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Elizabeth Rodríguez Taylor.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar