DECRETO 3663 de 2007
por el cual se modifica parcialmente el artículo 98 del Decreto 989 de 1992.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 3663
- Año
- 2007
- Entidad
- MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 154 y 174 del Decreto-ley 1211 de 1990,
DECRETA:
Artículo 1°.
El personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares podrá disfrutar sus vacaciones en cualquier momento mientras permanezcan en servicio activo. El reconocimiento y pago de las vacaciones causadas y no disfrutadas, se continuará haciendo exigible a partir de la fecha en la que los oficiales y suboficiales sean retirados o se retiren del servicio activo, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 174 del Decreto-ley 1211 de 1990.
Artículo 2°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el artículo 98 del Decreto 989 de 1992.
Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente Artículo 98 DECRETO 989 de 1992 Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de septiembre de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Defensa Nacional, Juan Manuel Santos C.
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