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DECRETO 3555 de 2004

por el cual se modifica el Decreto 2996 de 16 de septiembre de 2004.

Tipo
DECRETO
Número
3555
Año
2004
Entidad
MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1°.

Modifícase el artículo 3° del Decreto 2996 de 2004, en el sentido de seńalar que las disposiciones establecidas en tal Decreto empezarán a regir a partir del 1° de enero de 2005, en relación con las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado, que se inscriban para este propósito ante la Superintendencia de Economía Solidaria, expresando su voluntad de modificar sus estatutos, reglamentos o regímenes para efecto de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y las contribuciones especiales al Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, y Cajas de Compensación Familiar, siempre y cuando dicha inscripción se haga efectiva durante el mes de noviembre del presente ańo.

Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 3 DECRETO 2996 de 2004

Artículo 2°.

A las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado que no realicen la inscripción en los términos del artículo anterior, se aplicará la vigencia establecida en el artículo 3° del Decreto 2996 de 2004.

Artículo 3°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2996 de 2004.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 28 de octubre de 2004.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt.

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