DECRETO 3456 de 2004
por el cual se adiciona un parágrafo al Decreto 066 de 2003.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 3456
- Año
- 2004
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las previstas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en el artículo 96 de la Ley 795 de 2003,
DECRETA:
Artículo 1°.
Adiciónase el siguiente parágrafo al artículo 8° del Decreto 066 de 2003:
“Parágrafo 2°. Los recursos previstos en el parágrafo anterior, podrán ser utilizados por el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, Fogafín, para cubrir la totalidad de las erogaciones a que se refiere el numeral 2 del presente artículo, requeridas para el cumplimiento de las finalidades previstas en el artículo 96 de la Ley 795 de 2003.”
Afecta la vigencia de: Adiciona (parágrafo ) Artículo 8 DECRETO 66 de 2003
Artículo 2°.
Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de octubre de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.
La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Sandra Suárez Pérez.
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