DECRETO 3330 de 2008
por el cual se fijan las fechas de expedición de Títulos de Tesorería - TES Ley 546.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 3330
- Año
- 2008
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y la Ley 546 de 1999,
DECRETA:
Artículo 1º.
Fechas de expedición de Títulos de Tesorería -TES- Ley 546. Para hacer efectivo el pago de los alivios hipotecarios a las entidades acreedoras de conformidad con la Ley 546 de 1999, la expedición de Títulos de Tesorería -TES- Ley 546 se realizará el día veintiocho (28) de cada mes, iniciando en septiembre de 2008 y hasta julio de 2009.
Parágrafo.
Para la expedición de los Títulos de Tesorería -TES- Ley 546 en las fechas establecidas en el presente artículo, se aplicará el procedimiento previsto por el artículo 3º del Decreto 249 de 2000 modificado parcialmente por el articulo 2º del Decreto 2221 de 2000.
Artículo 2º.
Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 5 de septiembre de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar.
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