DECRETO 3240 de 2006
por el cual se prorroga la vigencia del Decreto 1098 del 12 de abril de 2005, por la cual se crea la Comisión lntersectorial para la efectividad del principio de la Oralidad en el Régimen Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 3240
- Año
- 2006
- Entidad
- MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Intersectorial para la efectividad del Principio de la Oralidad en el Régimen Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, fue creada mediante Decreto número 1098 de 2005, con una duración hasta el 30 de julio de 2005, con el fin de coordinar, orientar y recomendar las normas, medidas y herramientas necesarias para poner en práctica el principio de oralidad en el Régimen Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social en todo el territorio nacional;
Que el término de duración de la Comisión Intersectorial para la efectividad de la Oralidad en el Régimen Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social fue prorrogado mediante Decreto número 3640 del 12 de octubre de 2005, hasta el día 7 de agosto de 2006;
Que la Comisión Intersectorial para la efectividad del Principio de la Oralidad en el Régimen Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, durante su vigencia, formuló importantes recomendaciones tendientes a promover la Oralidad en el Sistema Laboral y de Seguridad Social;
Que dada la importancia de las recomendaciones formuladas por la Comisión Intersectorial para la efectividad del Principio de la Oralidad en el Régimen Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, es necesario prorrogar la vigencia de la misma, teniendo en cuenta que debe hacerse seguimiento al cumplimiento e implementación de los planteamientos propuestos por los expertos que integraron la Comisión,
DECRETA:
Artículo 1º.
Prorróguese el término de duración de la Comisión Intersectorial para la efectividad del Principio de Oralidad en el Régimen Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, creada mediante Decreto 1098 de 2005, hasta el día 7 de agosto de 2007.
Artículo 2º.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 18 de septiembre de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro del Interior y de Justicia, Carlos Holguín Sardi.
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