DECRETO 3215 de 2002
por el cual se modifica el artículo 13 del Decreto 20 de 2001.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 3215
- Año
- 2002
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las previstas en el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 52 de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
Artículo 1ş. El artículo 13 del Decreto 20 de 2001 quedará así:
"Artículo 13. El plazo para la liquidación de la entidad será hasta el 31 de enero de 2004". Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 13 DECRETO 20 de 2001
Artículo 2°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le resulten contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de diciembre de 2002.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Roberto Junguito Bonnet.
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