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DECRETO 3209 de 2008

por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2008 y se efectúa la correspondiente liquidación.

Tipo
DECRETO
Número
3209
Año
2008
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere los artículos 33 y 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 1169 de 2007, por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2008, la cual se liquidó por medio del Decreto 4944 de 2007;

Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;

Que el Gobierno de la República de Colombia a través del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, recibió de la Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación de la Comunidad de Madrid (Consejería de Inmigración y Cooperación), la suma de $981.770.302 para el proyecto "Protección - Acciones para preservar y restituir el ejercicio integral de los derechos de la Niñez y la Familia";

Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporarán al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor;

Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación;

Que el citado artículo prevé que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto;

Que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, con Oficio número 033206 del 18 de junio de 2008, teniendo en cuenta que el plazo de ejecución del proyecto será de doce (12) meses, solicita la incorporación de la suma de $556.125.616, recursos que se ejecutarán durante la presente vigencia;

Que el Departamento Nacional de Planeación, mediante Oficio DIFP-26-20082610004036 del 1º de agosto de 2008, suscrito por la Directora de Inversiones y Finanzas Públicas (E.), emitió concepto favorable sobre la adición por $556.125.616, al Presupuesto de Gastos de Inversión del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF,

DECRETA:

Artículo 1°.

Adición al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Efectúase la siguiente adición al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2008, en la suma de quinientos cincuenta y seis millones ciento veinticinco mil seiscientos dieciséis pesos moneda legal ($556.125.616), según el siguiente detalle:

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION II. INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS 556.125.616 360700 INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF B. RECURSOS DE CAPITAL 556.125.616

Artículo 2°.

Adición al Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones. Efectúase la siguiente adición al Presupuesto de Gastos del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008, en la suma de quinientos cincuenta y seis millones ciento veinticinco mil seiscientos dieciséis pesos ($556.125.616) moneda legal, según el siguiente detalle: ADICIONES - PRESUPUESTO DE GASTOS

Cta Prog Subc Subp Concepto Aporte Nacional Recursos Propios Total

Sección 360700.

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF C

PRESUPUESTO DE INVERSION 556.125.616 556.125.616 0320 PROTECCION Y BIENESTAR SOCIAL DEL RECURSO HUMANO 556.125.616 556.125.616 0320 1501 ASISTENCIA DIRECTA A LA COMUNIDAD 556.125.616 556.125.616 TOTAL PRESUPUESTO SECCION 556.125.616 556.125.616

Artículo 3°.

Liquidación a la adición del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Efectúase la siguiente liquidación a la adición al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2008, contenida en el artículo 1° del presente decreto, en la suma de quinientos cincuenta y seis millones ciento veinticinco mil seiscientos dieciséis pesos ($556.125.616) moneda legal, según el siguiente detalle:

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION II. INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS 556.125.616 360700 INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF B. RECURSOS DE CAPITAL 556.125.616

Artículo 4°.

Liquidación a la adición del Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones. Efectúase la siguiente liquidación a la adición al Presupuesto de Gastos del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008, contenida en el artículo 2° del presente decreto, en la suma de quinientos cincuenta y seis millones ciento veinticinco mil seiscientos dieciséis pesos ($556.125.616) moneda legal, según el siguiente detalle: ADICIONES - PRESUPUESTO DE GASTOS

Cta Prog Subc Subp Concepto Aporte Nacional Recursos Propios Total

Sección 360700.

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF C

PRESUPUESTO DE INVERSION 556.125.616 556.125.616 0320 PROTECCION Y BIENESTAR SOCIAL DEL RECURSO HUMANO 556.125.616 556.125.616 0320 1501 ASISTENCIA DIRECTA A LA COMUNIDAD 556.125.616 556.125.616 TOTAL PRESUPUESTO SECCION 556.125.616 556.125.616

Artículo 5º.

El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del gasto.

Artículo 6º.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de agosto de 2008.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar.

DETALLE DE LA COMPOSICION DEL PRESUPUESTO DE RENTAS Concepto Valor

Sección 3607. – 00

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF) 3000 I. INGRESOS DE ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS 556.125.616 3200 B-RECURSOS DE CAPITAL 556.125.616 3260 DONACIONES 556.125.616

TOTAL PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL 556.125.616 ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION Cta Prog Subc Subp Obj Ord Rec Concepto Aporte Nacional Recursos Propios Total

Sección 3607. – 00

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF)

TOTAL 556.125.616 556.125.616 C. INVERSION 556.125.616 556.125.616 320 PROTECCION Y BIENESTAR SOCIAL DEL RECURSO HUMANO 556.125.616 556.125.616 320 1501 ASISTENCIA DIRECTA A LA COMUNIDAD 556.125.616 556.125.616 320 1501 140 PROTECCION – ACCIONES PARA PRESERVAR Y RESTITUIR EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ Y LA FAMILIA 556.125.616 556.125.616 25 DONACIONES 556.125.616 556.125.616 TOTAL ADICIONES 556.125.616 556.125.616

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