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DECRETO 3159 de 2010

por el cual se suspende un plazo señalado en el parágrafo del artículo 3° del Decreto 2390 de 2010.

Tipo
DECRETO
Número
3159
Año
2010
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, por el artículo 49 de la ley 489 de 1998 y en desarrollo de los artículos 15 de la Ley 797 de 203 y 2º de la Ley 828 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que las entidades públicas o aquellas que tienen participación pública, que hacen parte del Sistema de Seguridad Social Integral y de la Protección Social, así como otras entidades del Sistema, que no han manifestado aun su decisión de participar en la entidad de economía mixta que administrara el Registro Único de Afiliados - RUAF, requieren un plazo más amplio para agotar las distancias, tramites y requisitos antes de decidir sobre el particular.

DECRETA:

Artículo 1º.

Suspensión de un plazo. Suspéndase por el término de cuatro (4) meses contados a partir del recibo de la convocatoria, el plazo para que las entidades del Sistema de Seguridad Social Integral y de la Protección Social manifiesten su voluntad de no participar en la entidad de economía mixta que administrara el Registro Único de Afiliados - RUAF- o guarden silencio sobre el particular.

TEXTO CORRESPONDIENTE A Ampliado (Término ) Artículo 1 DECRETO 4440 de 2010

Artículo 2º.

Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el parágrafo del artículo 3º del Decreto 2390 de 2010 y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.

Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente Artículo 3 DECRETO 2390 de 2010 Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá D.C., a 25 de agosto de 2010.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERON El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Carlos Echeverry Garzón.

El Ministro de la Protección Social, Mauricio Santamaría Salamanca.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública Elizabeth Rodriguez Taylor.

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