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CIRCULAR EXTERNA 10 de 2005

Modificación del subnumeral ii), literal a), numeral 2.1.1.3, Capítulo II, Título VIII de la Circular Unica

Tipo
CIRCULAR EXTERNA
Número
10
Año
2005
Entidad
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

1. Objeto

Modificar el documento y la fecha límite de ejecución correspondientes a la actividad número 5 establecida en el cronograma de la Circular 08 de 2005, con el fin de facilitar el desarrollo de las actividades necesarias para que el sistema de contabilización de ingresos y gastos a nivel de subcuentas por centros de costos, inicie su operación el 1° de enero de 2006.

2. Fundamento legal

Con fundamento en los numerales 7 y 21 del artículo 2° del Decreto 2153 de 1992, corresponde a la Superintendencia de Industria y Comercio ejercer el control y vigilancia de las Cámaras de Comercio e instruir sobre la manera como deben cumplirse las disposiciones en las materias objeto de su competencia, fijar los criterios que faciliten su cumplimiento y señalar los procedimientos para su cabal aplicación.

3. Instructivo

Se modifica el cronograma de actividades establecido en el subnumeral ii), literal a) numeral 2.1.1.3, Capítulo II, Título VIII de la Circular Unica cuyo texto será el siguiente: ACTIVIDAD DOCUMENTO FECHA LIMITE dd/mm/aa 1 Conformación del equipo de trabajo y coordinación Acta de conformación 15/07/2005 2 Definir y unificar criterios de clasificación de ingresos públicos y privados y de gastos directos e indirectos Manual de principios, reglas, procedimientos y clasificación. 10/10/2005 3 Elaborar el catálogo de centros de costos para lo público y lo privado con sus respectivas definiciones y orientaciones de uso Catálogo y manual de uso 04/11/05 4 Definir los reportes básicos de Estados de Resultados clasificados (público y privado) a nivel de subcuentas y centros de costos y a diferentes niveles de desagregación Proformas o modelos de los estados de resultados definidos 05/12/2005 5 Incorporar a los aplicativos contables los parámetros, subcuentas, catálogos de centros de costos, programas de los reportes definidos en el punto 4 y entrada en operación del sistema. Certificación del representante legal de cada cámara 01/01/2006
4. Vigencia La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

El Superintendente de Industria y Comercio, Jairo Rubio Escobar.

(C.F.)

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