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DECRETO 3056 de 1990

por el cual se autoriza la apertura de créditos adicionales con base en el Decreto 2870 del 27 de noviembre de 1990 y se reducen otras apropiaciones.

Tipo
DECRETO
Número
3056
Año
1990
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere los artículos 63 y 64 de la Ley 38 de 1989,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 2870 del 27 de noviembre de 1990 se redujo el Presupuesto General de la Nación en la cantidad de $ 37.618.051.532.00;

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5° del Decreto 2870 del 27 de noviembre de 1990, “sí algunas de las apropiaciones que se reducen en el momento de la expedición del presente Decreto están afectadas con compromisos, los organismos y entidades deberán informar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al Departamento Nacional de Planeación para adoptar las medidas del caso”.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley 38 de 1989, cuando el Gobierno Nacional se viere precisado a reducir las apropiaciones presupuestales o aplazar su cumplimiento seńalará por medio de decreto, las apropiaciones a las que se les explica una u otras medidas;

Que la Universidad Nacional ha informado al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al Departamento Nacional de Planeación que existen compromisos por $ 149.974.254.00 sobre las apropiaciones a que se refiere el Decreto 2870 de 1990 y adjuntó copia de los contratos adjudicados y firmados, así como de la convocatoria a licitaciones, actualmente abiertas, que confirman la existencia de los mencionados contratos;

Que el Instituto de Crédito Territorial ha manifestado la necesidad de modificar la reducción presupuestal, dado que el bajo nivel de ejecución del Instituto implicaría un mayor ajuste fiscal,

DECRETA:

Artículo 1°.

Autorizar las siguientes adiciones del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y las apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1990, reducidos mediante los artículos 1° y 2° del Decreto 2870 del 27 de noviembre de 1990.

Artículo 2°.

Redúzcase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y las apropiaciones del Presupuesto General de la Nación, para la vigencia fiscal de 1990, según el siguiente detalle:

Artículo 3°.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de diciembre de 1990.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez.

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación, Armando Montenegro Trujillo.

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