DECRETO 3000 de 2005
por el cual se adiciona y modifica el Decreto 695 de 1983.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 3000
- Año
- 2005
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política en concordancia con el literal d) del artículo 428 del Estatuto Tributario,
DECRETA:
Artículo 1º.
Adiciónase el artículo 1º del Decreto 695 de 1983 con el siguiente parágrafo:
"
Parágrafo.
No se consideran armas y municiones destinadas a la defensa nacional los uniformes, prendas de vestir, textiles, material térmico, carpas, sintelitas, menaje, cubiertería, marmitas, morrales, chalecos, juegos de cama, toallas, ponchos y calzado de uso privativo de las Fuerzas Militares y de Policía Nacional".
JURISPRUDENCIA Denegada la suspensión provisional Sentencia del Consejo de Estado AUTO 11001032700020060002300(16076) de 2006 Afecta la vigencia de: Adiciona Artículo 1 DECRETO 695 de 1983
Artículo 2º.
Modifícase el artículo 2º del Decreto 695 de 1983, el cual quedará así:
"
Artículo 2º.
Por su destinación a la defensa nacional y al uso privativo de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, se consideran material de guerra o reservado los equipos de hospitales de la Fuerza Pública y de sanidad en campaña, y equipos de la Fuerza Pública de campaña".
JURISPRUDENCIA Denegada la suspensión provisional Sentencia del Consejo de Estado AUTO 11001032700020060002300(16076) de 2006 Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 2 DECRETO 695 de 1983
Artículo 3º.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de agosto de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de Defensa Nacional, Camilo Ospina Bernal.
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