DECRETO 2999 de 1997
por el cual se aprueba el Acuerdo número 011 de 1997, por el cual se modifica una función contenida en el numeral 9° del artículo 14 del Acuerdo 002 de 1994, aprobado mediante Decreto 123 de 1995.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2999
- Año
- 1997
- Entidad
- MINISTERIO DE SALUD
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 189 de la Constitución Política Nacional,
DECRETA:
Artículo 1ş. Apruébase el Acuerdo número 011 de diciembre 2 de 1997, de la Junta Directiva del Instituto Nacional del Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA- cuyo texto es el siguiente:
«ACUERDO NUMERO 011 DE 1997 (diciembre 2) p or el cual se modifica una función contenida en el numeral 9ş del artículo 14 del Acuerdo 002 de 1994, aprobado mediante Decreto 123 de 1995.
La Junta Directiva del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA-, en uso de las facultades legales que le confiere el numeral 2ş del artículo 7ş del Decreto 1290 de 1994,
ACUERDA:
Artículo 1.
ş. Modificar las funciones de la Subdirección de Licencias y Registros contenidas en el numeral 9ş del artículo 14 del Acuerdo 002 de 1994, aprobado mediante Decreto 123 de 1995 en el sentido de adicionar un parágrafo al numeral 9ş, el cual quedará así:
Parágrafo. El otorgamiento de los vistos buenos a los Registros de Importación y Exportación de los productos de competencia del INVIMA, podrá ser delegado por el Director General del INVIMA mediante acto administrativo en un profesional especializado de la Subdirección de Licencias y Registros.
Artículo 2.
ş. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por parte del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los dos (2) días del mes de diciembre de 1997.
El Presidente, Juan Carlos Giraldo Valencia.
El Secretario, Edgar Zapata Barrios.»
Artículo 2ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 18 de diciembre de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO La Ministra de Salud, María Teresa Forero de Saade.
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