DECRETO 2986 de 2003
por el cual se dictan disposiciones para garantizar el normal desarrollo de las elecciones.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2986
- Año
- 2003
- Entidad
- MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, como Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1.
ş. Para el cumplimiento de los propósitos seńalados en el artículo 21 del Decreto 2616 del 16 de septiembre de 2003, se designan los siguientes funcionarios en el Distrito Capital de Bogotá y cada uno de los Departamentos que se citan a continuación:
Departamento Nombre Bogotá, D.C. Camilo Reyes Rodríguez Viceministro de Relaciones Exteriores.
Amazonas Mario Solano Calderón Director de Cajanal.
Antioquia Alfazar González Asesor Presidencial para las Regiones.
Arauca Oscar Franco Charry Director de Aduanas.
Atlántico Claudia María Uribe Pineda Viceministra de Comercio.
Bolívar Jorge Palacios Preciado Director Archivo General de la Nación.
Boyacá Juan Pablo Córdoba Garcés Director de Fogafín.
Caldas Javier Botero Alvarez Viceministro de Educación.
Caquetá Alvaro José Abisambra Abisambra Gerente General del ICA.
Casanare Carlos Medina Ramírez Director Acceso a la Justicia Ministerio del Interior y de Justicia.
Cauca Juan Lucas Restrepo Ibiza Viceministro de Agricultura.
Cesar María Isabel Restrepo Correa Imprenta Nacional.
Córdoba Alonso Pío Fernández Asesor Ministerio del Interior y de Justicia.
Chocó José Daniel Bogoyá Maldonado Director General del ICFES.
Cundinamarca Jairo Rubio Escobar Superintendente de Industria y Comercio.
Guaviare Adolfo Alarcón Guzmán Director de Ingeominas.
Guainía Juan Luis Velasco Mosquera Presidente de Minercol.
Huila Jorge Boshell Samper Director General Instituto Nacional de Salud.
La Guajira Cristian Stapper Buitrago Director Ejecutivo de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico.
Magdalena Oswaldo Javier Burgos Espinosa Director de Adpostal.
Meta Juan Camilo Narińo Alcocer Jefe de Oficina Anticorrupción.
Narińo Alberto Velandia Rodríguez Presidente del Instituto de Fomento Industrial.
Norte de Santander Hernán Sanín Posada Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada.
Putumayo Juan Guillermo Usme Fernández Subdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Quindío Fernando Sanclemente Alzate Superintendente de Puertos y Transporte.
Risaralda Fernando Antonio Grillo Rubiano Director del Departamento Administrativo de la Función Pública.
San Andrés June Marine Mow Directora Coralina.
Santander Eva María Uribe Tobón Superintendente de Servicios Públicos.
Sucre Eduardo Junguito Camacho Asesor del Ministerio del Interior y de Justicia.
Tolima María Teresa Durán Trujillo Superintendente de Economía Solidaria.
Valle Josué Gastelbondo Amaya Viceministro de Vivienda y Desarrollo Territorial.
Vaupés Edmundo Conde Zamorano Superintendente de Subsidio Familiar.
Vichada Fernando Zapata López Director General de Derechos de Autor.
Artículo 2.
ş. Los gastos que ocasione el desplazamiento de los anteriores funcionarios serán asumidos por sus respectivas entidades.
Artículo 3.
ş. Los gobernadores y alcaldes velarán por la transparencia del proceso electoral, porque la jornada de participación democrática se desarrolle en condiciones de normalidad, y procurarán que los ciudadanos ejerzan libremente y sin coacción alguna el derecho al voto.
Artículo 4.
ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el Decreto 2906 del 14 de octubre de 2003. Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 2906 de 2003
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de octubre de 2003.
ALVARO URIBE VELEZ El Ministro del Interior y de Justicia, Fernando Londońo Hoyos.
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