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DECRETO 2926 de 1994

por el cual fija el monto de la cotización de los afiliados al Sistema de Seguridad Social en Salud, de conformidad con el acuerdo número 011 de 1994, del Consejo Nacional de SeguridadSocial en Salud.

Tipo
DECRETO
Número
2926
Año
1994
Entidad
MINISTERIO DE SALUD
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, especialmente las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y previa aprobación del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud,

DECRETA:

Artículo 1ş. Del monto de cotización. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 del Decreto-ley 1298 de 1994, el monto de cotización para la afiliación familiar en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, será del doce por ciento (12%) del salario base de cotización a partir del 1ş de enero de 1995.

Se entiende que en este porcentaje se encuentra comprendido el punto de solidaridad de que trata el literal a) del artículo 159 del Decreto-ley 1298 de 1994.

Artículo 2ş. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los incisos 1 y 2 del artículo 1ş del Decreto 1814 de 1994, y demás disposiciones que le sean contrarias. Afecta la vigencia de: Deroga parcialmente (Inciso 1 y 2. ) Artículo 1 DECRETO 1814 de 1994 Publíquese y cúmplase.

Dado en Cartagena de Indias, D.T., a 31 de diciembre de 1994.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Guillermo Perry Rubio.

El Ministro de Salud, Alonso Gómez Duque.

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