DECRETO 2922 de 1991
por el cual se reduce el impuesto a las importaciones.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2922
- Año
- 1991
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas por el artículo 79 de la Ley 49 de 1990,
DECRETA:
Artículo 1ş Redúcese del 8% al 5% del valor CIF, la tarifa del impuesto a las importaciones de que trata el inciso primero del artículo 95 de la Ley 75 de 1986.
Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (inciso ) Artículo 95 LEY 75 de 1986 Artículo 2ş Redúcese al 0% del valor CIF, la tarifa del impuesto a las importaciones de que trata el inciso primero del artículo 95 de la Ley 75 de 1986, para los productos clasificables por el Capítulo 98 del Arancel de Aduanas.
Artículo 3ş Redúcese al 0% del valor CIF, la tarifa del Impuesto a las importaciones de que trata el inciso segundo, numerales 2 y 3 del artículo 95 de la Ley 75 de 1986.
Artículo 4ş El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 31 de diciembre de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO.
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, en cargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Héctor José Cadena Clavijo.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.