Jurismart

DECRETO 2868 de 1994

por el cual se ordena la Capitalización de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero

Tipo
DECRETO
Número
2868
Año
1994
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de las atribuciones que le confiere el ordinal 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 16 de la Ley 69 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 16 de la Ley 69 de 1993 dispone que para el eficaz desarrollo de sus operaciones y fortalecer su capacidad de servicio del sector agropecuario, la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, será capitalizada suficientemente por el Gobierno Nacional,

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Ordénase la capitalización de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero por la suma de treinta mil millones de pesos ($30.000.000.000) moneda corriente, la cual se llevará a cabo mediante la entrega de Títulos de Tesorería TES Clase B.

Artículo 2.

ş. Como consecuencia de la capitalización de que trata el artículo anterior, la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero transferirá en favor de la Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público, acciones Clase A por su valor nominal, por la suma de treinta mil millones de pesos ($30.000.000.000) moneda corriente.

Artículo 3.

ş. La Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero transferirá a favor de la Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público, las acciones correspondientes a los aportes para capitalización que hayan sido efectuados por la Nación, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha en que se efectúe la capitalización.

Artículo 4.

ş. el presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Cartagena de Indias, a 28 de diciembre de 1994.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Guillermo Perry Rubio.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar