DECRETO 2867 de 1991
por el cual se señala el salario mínimo legal.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2867
- Año
- 1991
- Entidad
- MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 147 del Código Sustantivo del Trabajo,
DECRETA:
Artículo 1.
ş Fijar a partir del primero (1ş) de enero de mil novecientos noventa y dos (1992) el salario mínimo legal diario, para los trabajadores de los sectores urbano y rural, en la suma de dos mil ciento setenta y tres pesos ($ 2.173.00).
Artículo 2.
ş El presente Decreto rige a partir de la fechar de su publicación y deroga el Decreto 3074 de 1990. Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 3074 de 1990 Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 21 de diciembre de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodriguez.
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Francisco Posada De La Peńa.
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