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DECRETO 2854 de 1990

por el cual se dictan normas en materia de inversión en títulos del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras.

Tipo
DECRETO
Número
2854
Año
1990
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el literal b) del artículo 4° de la Ley 117 de 1985,

DECRETA:

Artículo 1°.

Lo dispuesto en el inciso primero del artículo 1° del Decreto 932 de 1990 podrá ser aplicable también a las instituciones financieras que con anterioridad al 31 de diciembre de 1990 se encuentren dando cumplimiento al literal b) del artículo 4° de la Ley 117 de 1985 mediante la inversión en Bonos del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, emitidos en las condiciones seńaladas en la Resolución 14 de 1990 de la Junta Monetaria.

Artículo 2°.

El presente Decreto rige desde la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 26 de noviembre de 1990.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez.

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