DECRETO 2848 de 1997
por el cual se modifican los parágrafos 1° y 2° del artículo 3° del Decreto 1868 de 1994.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2848
- Año
- 1997
- Entidad
- MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 12 de la Ley 99 de 1993,
DECRETA:
Artículo 1.
ş. Modificar el parágrafo 1ş del artículo 3ş del Decreto 1868 del 3 de agosto de 1994, el cual quedará así: "El Ministro podrá delegar en los Viceministros, Secretario General, Directores Generales, Jefes de Oficina, Subdirectores y en funcionarios del Nivel Asesor la asistencia a los Consejos y Juntas Directivas de las cuales forme parte por derecho propio, en especial las relacionadas en los numerales 9ş y 11 del presente artículo".
Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (parágrafo 1 ) Artículo 3 DECRETO 1868 de 1994 Artículo 2ş. Modificar el parágrafo 2ş del artículo 3ş del Decreto 1868 del 3 de agosto de 1994, el cual quedará así: "El Ministro sólo podrá delegar en los Viceministros su asistencia al Consejo Directivo de las Corporaciones para el Desarrollo Sostenible referidas en los literales f) y g) del numeral 12 del presente artículo".
Afecta la vigencia de: Modifica (Parágrafo 2. ) Artículo 3 DECRETO 1868 de 1994
Artículo 3.
ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 26 de noviembre de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro del Medio Ambiente, Eduardo Verano De la Rosa.
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