DECRETO 2809 de 1991
por el cual se regula la retención en la fuente por concepto de pagos efectuados mediante Títulos de Apoyo Cafetero "TAC".
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2809
- Año
- 1991
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 366 del Estatuto Tributario,
DECRETA:
Artículo 1o.
La retención en la fuente de que trata el artículo 5ş del Decreto 1512 de 1985, cuando se trate de compras de café' pergamino tipo federación, en la parte que corresponda a pagos efectuados mediante Títulos de Apoyo Cafetero "TAC", deberá realizarse al momento de la redención del respectivo título, por la entidad que lo redime.
Artículo 2o.
El presente Decreto rige a partir del día siguiente de su publicación. Publíquese y cúmplase. 17 de diciembre de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILL0.
Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes.
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