DECRETO 2794 de 2002
por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 715 de 2001.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2794
- Año
- 2002
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1ş. En los casos en que no sea posible efectuar el giro a través de los mecanismos previstos en el artículo 61 de la Ley 715 de 2001, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público procederá a hacerlos en desarrollo de los convenios de concurrencia para lo cual podrá celebra, los convenios y contratos que la ley le autoriza, Artículo 2ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.C., a 27 de noviembre de 2002.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Roberto Junguito Bonnet.
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, en cargado de las funciones del despacho del Ministro de Salud, Juan Luis Londońo de la Cuesta.
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