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DECRETO 2787 de 2013

por el cual se fija el número de Senadores a elegir por Circunscripción Nacional y Circunscripción Nacional Especial por las Comunidades Indígenas el 9 de marzo de 2014.

Tipo
DECRETO
Número
2787
Año
2013
Entidad
MINISTERIO DEL INTERIOR
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por los artículos 189 numeral 11 de la Constitución Política y 211 del Código Electoral (Decreto 2241 de 1986), y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 171 de la Constitución Política, el Senado de la República estará integrado por cien miembros elegidos en Circunscripción Nacional.

Que habrá un número adicional de dos Senadores elegidos en Circunscripción Nacional Especial por Comunidades Indígenas.

Que la Circunscripción Especial para elección de Senadores por las Comunidades Indígenas se regirá por el sistema del cuociente electoral;

Que en virtud de lo antes expuesto, se hace necesario fijar el número de Senadores a elegir por la Circunscripción Nacional y Circunscripción Nacional Especial por las Comunidades Indígenas el 9 de marzo de 2014.

DECRETA:

Artículo 1°.

En los comicios que se realicen el próximo 9 de marzo de 2014, se elegirán cien (100) Senadores por Circunscripción Nacional.

Adicionalmente, se elegirán por Circunscripción Nacional Especial dos (2) Senadores más por las Comunidades Indígenas, a los cuales se aplicará el sistema de cuociente electoral.

Artículo 2°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá D. C., a 29 de noviembre 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro del Interior, Aurelio Iragorri Valencia.

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