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DECRETO 2781 de 1991

por el cual se integra el Consejo Nacional Laboral.

Tipo
DECRETO
Número
2781
Año
1991
Entidad
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere la Ley 54 de 1987,

DECRETA:

Artículo 1°.

Intégrase el Consejo Nacional Laboral de la siguiente manera:

A. En representación del Gobierno Nacional:

1. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, doctor Francisco Posada de la Peńa, o su delegado, quien lo presidirá.

2. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Rudolf Hommes Rodríguez, o su delegado.

3. El Ministro de Desarrollo Económico, doctor Jorge Ospina Sardi, o su delegado.

4. El Ministro de Agricultura, doctor Alfonso López Caballero, y su delegado.

5. El Jefe del Departamento Nacional de Planeación, doctor Armando Montenegro, o su delegado.

B. En representación de los trabajadores:

Los seńores: Apecides Alviz Fernández, Yesid García Abello, Julio Roberto Gómez. Félix Eliécer Cuervo Torres y Jorge Carrillo Rojas, como principales y como suplentes los seńores Luis Miguel Morantes, Carlos A. Bedoya T., Cérvulo Bautista Matoma, Fortunato Lozano Duarte y Gustavo Osorio.

C.

En representación de los empleadores particulares:

Los seńores: Flor Angela Gómez Ordóńez, Germán Bula Escobar, Carlos Arturo Angel A rango, Sabas Pretel de la Vega y Gabriel Martínez Peláez, como principales, y como suplentes los seńores Rocío Osorio de Barrera, Germán Ramírez Arciniegas, Jaime Cerón Coral, Diego Mauricio Bejarano D. y León Darío Montoya.

Artículo 2°.

Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Comuniquése, publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 16 de diciembre de 1391.

CESAR GAVIRIA TRUJ1LLO El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Francisco Posada de la Peńa.

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