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DECRETO 2777 de 2006

por el cual se derogan los Decretos 3234 del 6 de octubre de 2004 y 3146 del 27 de septiembre de 2004, los cuales fijan gravámenes arancelarios a importaciones procedentes y originarias de Chile.

Tipo
DECRETO
Número
2777
Año
2006
Entidad
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en la Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de Colombia activó el mecanismo de solución de controversias previsto en el Acuerdo de Complementación Económica número 24 suscrito con la República de Chile, con el objetivo de determinar la legalidad de las medidas adoptadas por esa nación para restringir el ingreso a su mercado de azúcar y mezclas de azúcar provenientes de Colombia;

Que el Grupo Arbitral constituido para dirimir la mencionada controversia autorizó al Gobierno de Colombia a suspender transitoriamente concesiones otorgadas a Chile;

Que en virtud de lo anterior el Gobierno de Colombia expidió los Decretos 3234 del 6 de octubre de 2004 y 3146 del 27 de septiembre de 2004, por medio de los cuales fijó unos gravámenes arancelarios a importaciones procedentes y originarias de Chile, previa recomendación del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior;

Que la Comisión Administradora del Acuerdo de Complementación Económica número 24, suscrito entre las Repúblicas de Chile y Colombia, mediante la Resolución 5 del 27 de julio de 2006, resolvió poner fin a la controversia suscitada por la restricción interpuesta por Chile al azúcar y mezclas de azúcar provenientes de Colombia;

Que el compromiso de Colombia, establecido en dicha resolución, es levantar las medidas que suspenden transitoriamente concesiones otorgadas a Chile;

Que en consecuencia el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior en la sesión 160 del 2 de agosto de 2006 recomendó derogar los Decretos 3234 del 6 de octubre de 2004 y 3146 del 27 de septiembre de 2004,

DECRETA:

Artículo 1.

º. Derogar los Decretos 3234 del 6 de octubre de 2004 y 3146 del 27 de septiembre de 2004.

Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 3146 de 2004 Deroga DECRETO 3234 de 2004

Artículo 2º.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de agosto de 2006.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Andrés Felipe Arias Leiva.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Jorge H. Botero.

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