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DECRETO 2772 de 1990

por el cual se concede una autorización para gestionar la contratación de créditos externos hasta por la suma de US$ 10.000.000 de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas.

Tipo
DECRETO
Número
2772
Año
1990
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 225 del Decreto número 222 de 1983, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 225 del Decreto número 222 de 1983, el Consejo Nacional de Política Económica y Social en sesión del 3 de diciembre de 1987, conceptuó favorablemente para que el Gobierno Nacional contratara créditos externos hasta por la suma de quinientos trece millones de dólares (US$ 513.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, con destino al Ministerio de Defensa Nacional para financiar el Plan de Desarrollo y Modernización de las Fuerzas Militares, según consta en Oficio CONPES-059 del 7 de diciembre de 1987;

Que con cargo al monto seńalado en el CONPES citado y para el Plan de Desarrollo y Modernización de las Fuerzas Militares se han expedido decretos autorizando el gestionamiento de créditos externos hasta por la suma de cuatrocientos dos millones novecientos veintisiete mil setecientos catorce dólares (US$ 402.927.714) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, quedando un saldo por autorizar de ciento diez millones setenta y dos mil doscientos ochenta y seis dólares (US$ 110.072.286) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, con base en el cual se expide el presente Decreto por una suma de diez millones de dólares (US$ 10.000.000) o su equivalente en otras monedas;

Que por Decreto número 3141 de 1982 se designó Ministro ad hoc de Hacienda y Crédito Público al Viceministro de Hacienda y Crédito Público, para los casos en que las normas legales hacen incompatible la actuación del Ministro titular,

DECRETA:

Artículo 1°.

Autorízase a los Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Defensa Nacional para gestionar en nombre del Gobierno Nacional la contratación de créditos externos hasta por la suma de diez millones de dólares (US$ 10.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, con un plazo mínimo para su total amortización contado a partir de la fecha de entrega de los suministros o de los respectivos desembolsos de ocho (8) ańos, incluido un período de gracia mínimo de dos (2) ańos y un interés máximo sobre saldos deudores de nueve punto cinco por ciento (9.5%) anual fijo el cual incluye comisiones y gastos por todo concepto y/o siete octavos por ciento (7/8 %) anual sobre Libor a seis (6) meses y demás gastos y comisiones propios de esta clase de operaciones.

Parágrafo.
La tasa de interés Libor de que trata el presente artículo no regirá para préstamos directos de Proveedores.

Artículo 2°.

Los créditos objeto de la presente autorización serán destinados a financiar reparaciones, servicios técnicos y repuestos para las Unidades a Flote de la Armada Nacional.

Artículo 3°.

Los desembolsos y/o entregas bajo los créditos que se contraten en desarrollo del presente Decreto deberán ajustarse a las metas de desembolsos de crédito externo 1990-1993, aprobadas por el Departamento Nacional de Planeación para el Sector Defensa.

Artículo 4°.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, requisito que se entiende cumplido con la orden impartida por el Director General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, según Ley 78 de 1989.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 16 de noviembre de 1990.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, ad hoc, Luis Fernando Ramírez Acuńa.

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