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Concepto CJA23201997 de 1997

Concepto 2320 de 1997 Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto

Tipo
Concepto
Número
CJA23201997
Año
1997
Fecha
29 de septiembre de 1997
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

(CÓDIGO CJA23201997) UNIFORME Y CALZADO DE LABOR PARA LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DISTRITAL.- El Jefe de la Oficina Jurídica Presupuestal de la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda de la Alcaldía Mayor, mediante oficio No. SH-97-510-138 del 29 de septiembre de 1997, conceptuó: ................................................................................

Que no es procedente conceder el beneficio a funcionarios que devenguen más de dos salarios mínimos legales porque la Ley 70 de 1988 estableció para su reconocimiento dicho tope, de igual manera el trabajador debe haber laborado para la respectiva entidad por lo menos tres (3) meses en forma ininterrumpida, antes de la fecha de cada suministro. El Decreto N° 388 del 29 de junio de 1994, expedido por la Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá, en su artículo 1º manifiesta que: "Los empleados públicos de la Administración Distrital, de conformidad con la Ley 70 de 1988, tendrán derecho a que la Entidad en la cual laboran les suministren en forma gratuita, cada cuatro (4) meses un par de zapatos y un (1) vestido de labor, siempre y cuando respecto de los mismos concurran las siguientes condiciones y entre otras la siguiente:

Que su remuneración asignación básica mensual sea hasta dos (2) veces el salario mínimo legal vigente; por salario mínimo legal vigente se entiende el establecido periódicamente por el Gobierno Nacional, de acuerdo con la ley citada. Por lo tanto este despacho considera que para su reconocimiento y pago la competencia está en cabeza de la respectiva Entidad, teniendo en cuenta las disposiciones que establece la Ley 70 de 1988 que fue reglamentada para el Distrito Capital mediante el Decreto 388 del 29 de junio de 1994, norma actualmente vigente................................................................................. Firma: MARÍA PIEDAD COGOLLOS URIBE.

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